1. El patrón deberá elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la posterior documentación relativa a las obligaciones establecidas en los artículos anteriores: Como señala Raz, cuando los agentes asumen obligaciones de este tipo lo hacen en virtud de su contenido recatado: "Al comportarse por estas razones https://damienn006pqk3.dailyhitblog.com/profile